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Que la ciencia médica avance más rápido que la burocracia administrativa es una realidad que muchas familias homoparentales han vivido en primera persona. Conseguir que el Registro Civil reconozca legalmente a las dos madres de un bebé nacido gracias a técnicas de reproducción asistida ha implicado, en demasiados casos, enfrentarse a obstáculos que nada tienen que ver con la medicina. Este artículo explica el marco legal actual y cómo ha evolucionado la situación en España.

España fue pionera en el reconocimiento legal de las familias homoparentales. La Ley 13/2005 que legalizó el matrimonio entre personas del mismo sexo y la Ley 14/2006 sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida establecieron conjuntamente el derecho de la cónyuge de la mujer gestante a ser reconocida como madre del bebé nacido mediante técnicas de reproducción asistida.

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Concretamente, el artículo 7.3 de la Ley 14/2006 establece que cuando la mujer estuviere casada con otra mujer, esta última podrá manifestar su conformidad ante el encargado del Registro Civil del domicilio conyugal para que se determine a su favor la filiación respecto al hijo nacido de su cónyuge. Este mecanismo, conocido como doble maternidad por reproducción asistida, es el más claro y directo.

El problema: parejas no casadas y situaciones fronterizas

La ley es relativamente clara para las parejas casadas. El problema surge en otros supuestos:

  • Parejas de mujeres no casadas: Si las mujeres no están unidas en matrimonio, el acceso a la doble maternidad es más complejo. La no gestante puede tener que iniciar un proceso judicial de reclamación de filiación.
  • Inseminación casera o no registrada: Cuando la fecundación no se ha realizado en un centro de reproducción asistida autorizado, el camino administrativo puede ser más tortuoso.
  • Interpretaciones restrictivas: En algunos registros civiles se han dado casos de funcionarios que exigían documentación adicional no prevista por la ley, generando situaciones de discriminación indirecta que han llegado a los tribunales.

Sentencias que han marcado el camino

Los tribunales españoles han ido construyendo una jurisprudencia cada vez más garantista con las familias homoparentales. El Tribunal Supremo ha reconocido en varias sentencias el derecho de la pareja no gestante a ser declarada madre por posesión de estado, incluso en ausencia de matrimonio, cuando se acredita que el proyecto parental fue común desde el inicio. El criterio rector no es la biología, sino la voluntad de ser madre y el ejercicio efectivo de la maternidad.

La Ley 4/2023 y los cambios recientes

La Ley 4/2023 para la igualdad real y efectiva de las personas trans ha introducido nuevas disposiciones que afectan también a la filiación en familias con diversidad de género, ampliando el reconocimiento legal de distintas configuraciones familiares. Esta evolución legislativa refleja el compromiso del ordenamiento jurídico español con la no discriminación en el ámbito de la filiación.

¿Qué documentación se necesita habitualmente?

Para la inscripción en el Registro Civil del hijo de dos madres casadas nacido por reproducción asistida, la documentación habitual incluye:

  • Certificado de nacimiento del bebé emitido por el centro sanitario.
  • Libro de familia o certificado de matrimonio de las madres.
  • DNI de ambas madres.
  • En algunos casos, certificado del centro de reproducción asistida que acredite el consentimiento informado de la madre no gestante.

Es importante solicitar previamente al Registro Civil correspondiente la relación exacta de documentos exigidos, ya que puede variar ligeramente según el municipio.

Recomendaciones prácticas

Para evitar contratiempos innecesarios, se recomienda contar con el asesoramiento de un abogado especializado en derecho de familia y/o reproducción asistida antes de iniciar el proceso de inscripción, especialmente si la pareja no está casada o si se han utilizado técnicas no convencionales. Muchas asociaciones de familias LGTBI+ también ofrecen orientación y apoyo en estos trámites.

Te recomendamos consultar nuestra guia sobre fertilidad y maternidad para informacion mas detallada.

En IMFER atendemos a todo tipo de familias con la misma dedicación y profesionalidad. Si eres parte de una pareja de mujeres y estás pensando en tener un hijo mediante reproducción asistida, nuestro equipo puede acompañarte desde el primer momento, también en los aspectos legales del proceso. Visítanos en imfer.com.

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Equipo Editorial IMFER Blog

Información elaborada por el equipo médico del Instituto Murciano de Fertilidad (IMFER). Especialistas en reproducción asistida con más de 30 años de experiencia. Conoce a nuestro equipo en imfer.com.

Última revisión médica: 10 de mayo de 2026

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2 Comentarios

  1. angela conde 01 de junio de 2016

    Me gustaria ser mama otra bes como debo pedir sita para la inseminacion

  2. angela conde 01 de junio de 2016

    Me gustaria ser mama otra bes como debo pedir sita para la inseminacion

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