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La llegada de un bebé transforma por completo la vida de cualquier familia y exige un período de adaptación que el ordenamiento jurídico español ha ido regulando con mayor sensibilidad en los últimos años. Los permisos de maternidad y paternidad son un derecho fundamental que permite a los progenitores acompañar al recién nacido en sus primeras semanas de vida con la tranquilidad laboral y económica necesarias. En España, la regulación ha evolucionado de forma notable hacia un modelo más igualitario que reconoce el papel de ambos progenitores como cuidadores activos.

El permiso por nacimiento en España: igualdad para ambos progenitores

Desde enero de 2021, España equiparó completamente la duración del permiso por nacimiento entre los dos progenitores. Actualmente, tanto la madre como el otro progenitor (padre, o pareja en parejas del mismo sexo) tienen derecho a 16 semanas de permiso remunerado por el nacimiento de un hijo.

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La distribución de estas 16 semanas es la siguiente:

  • Las 6 primeras semanas son obligatorias e inmediatamente posteriores al parto. Durante este período, ambos progenitores deben disfrutar del permiso a la vez, de forma ininterrumpida y a jornada completa.
  • Las 10 semanas restantes son de disfrute voluntario y pueden tomarse de manera acumulada o interrumpida, a jornada completa o a tiempo parcial (con acuerdo del empleador), en cualquier momento hasta que el menor cumpla 12 meses.

En caso de parto múltiple, adopción o acogimiento de más de un menor simultáneamente, el permiso se amplía en 2 semanas adicionales por cada menor a partir del segundo.

El permiso está remunerado al 100% del salario regulador y es gestionado directamente por la Seguridad Social, no por la empresa. Para tener derecho a la prestación económica asociada, es necesario cumplir con el período de cotización mínimo exigido.

Situaciones especiales: parto prematuro, hospitalización y otros supuestos

La normativa contempla varias situaciones especiales que modifican las condiciones del permiso estándar:

  • Parto prematuro u hospitalización del recién nacido: Cuando el bebé necesita hospitalización tras el nacimiento, el disfrute del permiso puede suspenderse y retomarse una vez que el menor reciba el alta hospitalaria. El período de hospitalización no computa dentro de las 6 semanas obligatorias.
  • Nacimiento con discapacidad: En casos de discapacidad del menor reconocida al nacimiento, el permiso puede ampliarse.
  • Fallecimiento del bebé: Si el bebé fallece durante el período de disfrute del permiso, este no se ve reducido.
  • Parto por cesárea u hospitalización de la madre: Si la madre necesita un período de hospitalización superior al del bebé, el otro progenitor puede ampliar su permiso durante ese tiempo adicional.
  • Familias monoparentales: En el caso de familias con un solo progenitor, la jurisprudencia reciente ha reconocido en algunos casos el derecho a acumular el permiso de ambos progenitores. Este es un área en constante evolución legislativa.

Otras medidas de conciliación relacionadas con el nacimiento

Más allá del permiso por nacimiento, existen otras herramientas de conciliación que conviene conocer:

  • Permiso de lactancia: Los trabajadores con hijos menores de 9 meses tienen derecho a una hora de ausencia del trabajo por jornada, que puede dividirse en dos fracciones o sustituirse por una reducción de jornada en media hora. También puede acumularse en jornadas completas (generalmente entre 15 y 20 días, según convenio colectivo).
  • Reducción de jornada por cuidado de hijos: Hasta que el menor cumple 12 años, los progenitores tienen derecho a solicitar una reducción de entre un octavo y la mitad de la jornada laboral con reducción proporcional del salario.
  • Excedencia por cuidado de hijos: Es posible solicitar una excedencia de hasta 3 años para el cuidado de un hijo menor de 3 años, con derecho a reserva del puesto de trabajo durante el primer año.
  • Permiso retribuido de 2 días por nacimiento: Independientemente del permiso de maternidad/paternidad, los trabajadores tienen derecho a 2 días retribuidos por nacimiento de hijo, que se suman al permiso principal.

Conclusión

La regulación de los permisos de maternidad y paternidad en España ha avanzado notablemente hacia un modelo que reconoce la corresponsabilidad de ambos progenitores y el derecho del bebé a contar con ambos durante sus primeras semanas de vida. Conocer estos derechos con antelación permite planificar mejor la incorporación al trabajo y las necesidades de la familia durante el posparto. Si tienes dudas sobre tu situación concreta, es recomendable consultar con tu departamento de recursos humanos o con un asesor laboral.

Te recomendamos consultar nuestra guia sobre fertilidad y maternidad para informacion mas detallada.

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Equipo Editorial IMFER Blog

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Última revisión médica: 10 de mayo de 2026

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