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La llegada de un hijo es uno de los momentos más importantes en la vida de una familia, y el marco legal español ha evolucionado significativamente en los últimos años para garantizar que ambos progenitores puedan disfrutar de tiempo con su recién nacido en condiciones de igualdad. Los permisos de maternidad y paternidad en España se han transformado de forma notable desde 2021, cuando se completó la equiparación de ambos permisos a 16 semanas intransferibles para cada progenitor. Conocer en detalle la duración, los derechos, las prestaciones económicas y el procedimiento para solicitarlos es fundamental para cualquier persona que espere un hijo.

Duración y estructura de los permisos de maternidad y paternidad en España

Desde el 1 de enero de 2021, el permiso por nacimiento —antes denominado de forma diferenciada como maternidad y paternidad— es de 16 semanas para cada progenitor, con independencia de su sexo. Esta equiparación supone un cambio estructural respecto al sistema anterior, en el que el permiso del padre era significativamente inferior.

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La distribución de las 16 semanas se organiza de la siguiente manera:

  • Para el progenitor gestante (habitualmente la madre): Las primeras 6 semanas son de descanso obligatorio e inmediatamente posteriores al parto. No pueden cederse ni aplazarse bajo ninguna circunstancia. Las 10 semanas restantes pueden disfrutarse de forma continua o discontinua, en jornada completa o a tiempo parcial, hasta que el menor cumpla 12 meses, previa comunicación a la empresa con 15 días de antelación.
  • Para el otro progenitor: Las primeras 6 semanas son también de disfrute inmediato tras el nacimiento y de carácter obligatorio. Las 10 semanas restantes pueden distribuirse de manera flexible hasta que el hijo cumpla 12 meses, con el mismo régimen de jornada completa o parcial.

En los casos de parto múltiple, discapacidad del menor o situación de vulnerabilidad, el permiso se amplía en 2 semanas adicionales por cada hijo a partir del segundo. En partos prematuros con hospitalización superior a 7 días, las semanas de hospitalización —con el límite de 13— se suman al período habitual de permiso.

Prestación económica y requisitos para acceder al permiso por nacimiento

Durante el período de permiso por nacimiento, el trabajador tiene derecho a percibir una prestación económica por parte de la Seguridad Social equivalente al 100% de la base reguladora. En términos prácticos, esto significa que el trabajador percibe íntegramente su salario habitual durante las 16 semanas, con cargo a la Seguridad Social y no a la empresa.

Para acceder a esta prestación es necesario cumplir los siguientes requisitos:

  • Estar afiliado y en situación de alta en la Seguridad Social en el momento del nacimiento.
  • Tener cubierto un período mínimo de cotización: para trabajadores menores de 21 años, no se exige período mínimo; entre 21 y 26 años, se requieren 90 días cotizados en los últimos 7 años o 180 días a lo largo de toda la vida laboral; para mayores de 26 años, el mínimo es de 180 días en los últimos 7 años o 360 días en toda la vida laboral.

En el caso de trabajadores autónomos, el acceso a la prestación se rige por los mismos principios, siendo la mutua o el INSS los organismos pagadores. La base reguladora se calcula a partir de las bases de cotización de los últimos 12 meses.

Cómo solicitar el permiso de maternidad y paternidad: pasos y documentación

La solicitud de la prestación por nacimiento puede realizarse de forma presencial en cualquier oficina del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), o de manera telemática a través de la sede electrónica de la Seguridad Social, accesible con certificado digital, DNI electrónico o cl@ve.

Los documentos necesarios para tramitar la solicitud son:

  • Formulario oficial de solicitud de prestación por nacimiento y cuidado de menor.
  • Libro de familia o certificado de nacimiento expedido por el Registro Civil.
  • En caso de adopción o acogimiento: resolución judicial o administrativa correspondiente.
  • DNI o NIE del solicitante.
  • Número de cuenta bancaria para el abono de la prestación.
  • En caso de parto prematuro u hospitalización: documentación médica acreditativa.

Es recomendable iniciar los trámites lo antes posible, ya que la prestación tiene carácter retroactivo desde el inicio del permiso pero conviene evitar demoras administrativas. La empresa no necesita participar activamente en la solicitud, aunque sí debe ser informada de las fechas de disfrute del permiso.

Además del permiso por nacimiento, existe la posibilidad de disfrutar del permiso de lactancia, que permite ausentarse del trabajo durante 1 hora diaria hasta que el menor cumpla 9 meses, acumulable en días completos. Este permiso también puede solicitarlo cualquiera de los dos progenitores.

Conclusión

Los permisos de maternidad y paternidad en España constituyen hoy un derecho igualitario para ambos progenitores, con una duración de 16 semanas intransferibles y una prestación económica del 100% de la base reguladora. Conocer bien estos derechos permite planificar con tranquilidad la llegada de un hijo y aprovechar al máximo el tiempo de vinculación con el recién nacido. Si te encuentras en proceso de tratamiento de fertilidad y estás pensando en el futuro, en IMFER te acompañamos en cada etapa del camino hacia la maternidad y paternidad.

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Equipo Editorial IMFER Blog

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Última revisión médica: 10 de mayo de 2026

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