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Revisado por el equipo médico de IMFER | Instituto Murciano de Fertilidad

Compatibilizar un tratamiento de fecundación in vitro con la vida laboral es uno de los retos más silenciosos que afrontan miles de mujeres en España. Las visitas al especialista, las extracciones de sangre, los controles ecográficos y la punción folicular generan ausencias que no siempre resultan fáciles de justificar ante un empleador. A esa dificultad práctica se suma una brecha legal importante: España carece todavía de una norma que regule de forma expresa y completa los derechos de la trabajadora durante un tratamiento de reproducción asistida.

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Esta situación genera incertidumbre, miedo y, en ocasiones, discriminación. Muchas pacientes se preguntan si pueden ser despedidas por faltar al trabajo para acudir a las citas médicas, si tienen derecho a una baja laboral o qué deben comunicar a su empresa y cuándo. En este artículo intentamos dar respuesta a esas preguntas con la información legal disponible a día de hoy, sin sustituir en ningún caso el asesoramiento de un profesional jurídico.

Conviene dejar claro desde el principio que, aunque la protección no es tan amplia como muchas mujeres desearían, sí existen mecanismos legales y jurisprudenciales que pueden protegerte. Conocerlos es el primer paso para ejercer tus derechos.

El Estatuto de los Trabajadores no recoge explícitamente el derecho a ausentarse del trabajo para someterse a tratamientos de reproducción asistida. Sin embargo, el artículo 37 sí reconoce el derecho a permisos retribuidos por asistencia a consultas médicas en determinadas circunstancias, aunque su aplicación concreta depende del convenio colectivo de cada sector.

Ante esta laguna, los tribunales han ido construyendo una doctrina protectora. Numerosas sentencias del Tribunal Superior de Justicia han declarado nulo el despido de trabajadoras que estaban realizando un tratamiento de FIV, argumentando que ese despido constituye una discriminación por razón de sexo. El fundamento es claro: solo la mujer puede someterse a la estimulación ovárica, la punción y la transferencia embrionaria. Despedirla durante ese proceso equivale a discriminarla por una condición biológica exclusivamente femenina, lo que vulnera el artículo 14 de la Constitución y la Directiva europea de igualdad de trato.

El Tribunal Supremo ha consolidado esta interpretación al equiparar algunas fases del tratamiento —especialmente desde la punción folicular en adelante— a una situación asimilable al embarazo, lo que activa la nulidad del despido. No obstante, esta protección no opera de forma automática desde el primer día de tratamiento, lo que hace especialmente importante comunicar adecuadamente la situación a la empresa en el momento oportuno.

Qué pasos prácticos puedes dar para protegerte

Aunque la ley no lo exige expresamente, la comunicación formal a la empresa es el recurso más eficaz para blindar tu situación laboral. Los abogados especializados en derecho laboral recomiendan informar por escrito del inicio del tratamiento de reproducción asistida al menos desde el momento en que se realiza la punción folicular, que es la fase considerada más sensible desde el punto de vista jurídico.

Además de la comunicación, conviene guardar todos los justificantes médicos de cada visita. Estos documentos acreditan que las ausencias responden a un motivo médico legítimo y no a un absentismo injustificado. En muchos convenios colectivos existe el derecho a ausentarse para acudir a consultas médicas previo aviso y con justificación posterior, lo que incluye las visitas derivadas del tratamiento de fertilidad.

Si el volumen de visitas resulta incompatible con tu jornada habitual, puede ser conveniente solicitar una adaptación temporal de la jornada o acordar con la empresa el uso de días de asuntos propios, vacaciones o una baja médica si el médico la considera indicada. La baja por incapacidad temporal es un derecho si el tratamiento provoca limitaciones físicas reales, algo frecuente en los días posteriores a la punción folicular.

  • Comunica el inicio del tratamiento por escrito, especialmente desde la punción folicular.
  • Guarda todos los justificantes de consulta y pruebas médicas.
  • Consulta tu convenio colectivo: muchos incluyen permisos para visitas médicas.
  • Valora solicitar una baja médica si el médico la considera adecuada.
  • Ante un despido durante el tratamiento, consulta urgentemente a un abogado laboralista.

El proyecto de ley de familias y las novedades legislativas pendientes

España se debate desde hace años sobre la necesidad de regular de forma expresa los derechos laborales durante los tratamientos de reproducción asistida. Varios grupos parlamentarios han presentado propuestas para incluir en el Estatuto de los Trabajadores el derecho a ausentarse del trabajo —con reserva del puesto y sin pérdida de retribución— para acudir a las citas médicas derivadas de un tratamiento de fertilidad.

Algunos países de nuestro entorno han avanzado más en este terreno. En el Reino Unido, por ejemplo, la legislación reconoce derechos específicos a las trabajadoras en tratamiento de FIV desde fases concretas del proceso. En España, la aprobación de una norma similar supondría un cambio sustancial para las decenas de miles de mujeres que cada año compaginan trabajo y tratamiento de fertilidad.

Mientras esa regulación llega, la jurisprudencia sigue siendo el principal escudo. Por eso resulta fundamental documentar cada paso del tratamiento y actuar con rapidez si la empresa toma medidas que puedan considerarse represalias.

Preguntas frecuentes

¿Pueden despedirme mientras estoy en tratamiento de FIV?

Un despido durante el tratamiento de FIV puede ser declarado nulo si se demuestra que existe relación entre el cese y el tratamiento, especialmente desde la fase de punción folicular. Los tribunales españoles han establecido reiteradamente que ese tipo de despido constituye una discriminación por razón de sexo. Sin embargo, la protección no es automática: depende del momento del tratamiento y de la comunicación realizada a la empresa. Ante cualquier despido en esta situación, consulta urgentemente a un abogado especialista.

¿Tengo derecho a una baja laboral durante el tratamiento?

No existe una baja específica para tratamientos de fertilidad como tal. No obstante, si el médico considera que las circunstancias físicas del tratamiento —especialmente tras la punción folicular o en caso de hiperestimulación ovárica— impiden el desarrollo normal de la actividad laboral, puede emitir un parte de incapacidad temporal. Esta baja cubre la situación de la misma forma que cualquier otra enfermedad.

¿Debo informar a mi empresa de que estoy en tratamiento de FIV?

No existe obligación legal de comunicarlo, pero sí es muy recomendable hacerlo, al menos por escrito y a partir de la fase de punción folicular, para activar la protección jurisprudencial frente a posibles despidos. La comunicación debe ser mesurada: basta con informar de que se está siguiendo un tratamiento médico de reproducción asistida, sin necesidad de entrar en detalles personales innecesarios.

¿Mi empresa puede negarme permisos para acudir a las visitas médicas del tratamiento?

Depende del convenio colectivo aplicable. Muchos convenios reconocen el derecho a ausentarse para consultas médicas con aviso previo y justificante posterior. Si el convenio no lo contempla, el acuerdo con la empresa —aunque no sea obligatorio— sigue siendo la vía más práctica. En cualquier caso, las ausencias justificadas con documentación médica tienen mayor protección frente a posibles sanciones disciplinarias.

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Equipo Editorial IMFER Blog

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Última revisión médica: 10 de mayo de 2026

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