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Portugal se convirtió en uno de los pocos países de la Unión Europea en desarrollar un marco legal para la gestación subrogada, abriendo así un debate que resonó más allá de sus fronteras. La aprobación de esta normativa, con sus condicionantes y sus limitaciones, puso en el mapa europeo una discusión que muchos otros países —incluido España— siguen aplazando.

¿Qué aprobó exactamente el Parlamento portugués?

La Asamblea de la República portuguesa aprobó una normativa que permite la gestación subrogada bajo condiciones muy estrictas. Se trata de un modelo de subrogación altruista, lo que significa que la gestante no puede recibir ninguna retribución económica por gestar el bebé, más allá de la cobertura de gastos directamente vinculados al embarazo.

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Entre los requisitos fundamentales que establece la ley portuguesa se encuentran:

  • Solo pueden acceder a la gestación subrogada las personas que no pueden gestar por razones médicas: ausencia de útero, patología uterina irreversible o riesgo para la salud de la gestante.
  • La gestante debe prestar su consentimiento libre e informado, y tiene derecho a revocar ese consentimiento hasta el momento del parto.
  • La gestante no puede aportar sus propios óvulos; debe utilizarse material genético de al menos uno de los futuros padres.
  • El proceso debe realizarse en centros autorizados y bajo supervisión médica.
  • Está prohibida toda intermediación comercial.

El accidentado camino de la ley hasta su aplicación

La historia legislativa de la gestación subrogada en Portugal no fue lineal. Aunque el Parlamento aprobó la normativa, el Tribunal Constitucional portugués anuló varios de sus artículos en distintas ocasiones, señalando que algunas disposiciones vulneraban derechos fundamentales de la gestante o del menor. En particular, se cuestionaron aspectos como la irrevocabilidad del consentimiento y la determinación de la filiación.

Estas idas y venidas legales evidencian la complejidad jurídica y ética que rodea a la gestación subrogada, incluso en los modelos altruistas. Las preguntas sobre quién es la madre legal del niño, qué ocurre si la gestante se arrepiente, cómo se protege el interés superior del menor o cómo se evita la explotación encubierta son cuestiones que ninguna legislación ha resuelto de forma completamente satisfactoria.

Diferencias con la situación en España

En España, la gestación subrogada está expresamente prohibida por la Ley 14/2006 de Técnicas de Reproducción Humana Asistida, que declara nulo de pleno derecho cualquier contrato de subrogación, independientemente de que sea o no oneroso y de que se haya celebrado en España o en el extranjero. Esta prohibición contrasta con la postura portuguesa y refleja un consenso político que, al menos por el momento, no parece próximo a cambiar.

Sin embargo, en la práctica, muchas familias españolas han recurrido a la gestación subrogada en el extranjero —en países donde es legal— y han regresado a España con bebés cuya inscripción registral ha generado una significativa litigiosidad. Los tribunales españoles y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos han tenido que pronunciarse sobre el reconocimiento de estas filiaciones, dando lugar a una jurisprudencia compleja y no siempre coherente.

¿Qué opciones existen en España para quienes no pueden gestar?

Para las personas o parejas que por razones médicas no pueden llevar a término un embarazo, la medicina reproductiva española ofrece varias alternativas dentro del marco legal vigente:

  • Adopción nacional e internacional: Aunque los procesos son lentos y complejos, sigue siendo una opción válida para formar una familia.
  • Acogimiento familiar: Una modalidad menos conocida pero igualmente válida para quienes desean cuidar de un menor.
  • Tratamiento de las causas de infertilidad uterina: En algunos casos, las patologías uterinas tienen tratamiento quirúrgico o médico que puede restaurar la capacidad gestante.

Un debate que España no puede seguir aplazando

El ejemplo portugués —con sus aciertos y sus dificultades— demuestra que legislar sobre gestación subrogada es posible, aunque enormemente difícil. El debate en España está vivo en la sociedad civil, en los medios de comunicación y en algunos ámbitos académicos y políticos, aunque no ha cristalizado aún en propuestas legislativas con respaldo suficiente.

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Lo que sí es indiscutible es que, mientras el debate político continúa, hay personas con necesidades reproductivas reales que necesitan información, apoyo y acceso a las mejores opciones disponibles dentro del marco legal. En IMFER estamos comprometidos con acompañar a cada paciente en su camino hacia la parentalidad, con honestidad y rigor médico. Contacta con nosotros en imfer.com para recibir una valoración personalizada.

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Equipo Editorial IMFER Blog

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Última revisión médica: 10 de mayo de 2026

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